jueves, 11 de septiembre de 2008

Autenticación biométrica a través de la Webcam

Casi por casualidad y vía la revista Consumer Eroski he podido descubrir una curiosa aplicacion freeware bastante interesante para aquellos que disponen de Webcam.



El producto se encuentra todavía en desarrollo y no está descargable, pero sin duda es una buena alternativa a utilizar en portátiles con Webcam integrada. No parece que vaya a tardar mucho en salir al mercado. Se puedeo obtener más información en KeyLemon o suscribirte para ser avisado cuando sea lanzado.

Es también interesante el uso de la Webcam como cámara de videovigilancia. En este caso, la medida es más aplicable a PC domésticos que están funcionando todo el día que pueden servirnos para detectar intrusos.
Aquí si hay soluciones freeware para uso doméstico bastante útiles como Webcamxp o Dorgem. Sobre éste último hay un tutorial sobre cómo instalarlo en How-to-Dorgem.

En cualquier caso, el uso de la videovigilancia deberá hacerse siempre dentro del ámbito doméstico, dado que las camaras que apuntan a espacios públicos estarían afectadas por la LOPD y los requisitos que la Agencia Española de Protección de Datos establece respecto a su uso. De lo contrario, incluso a particulares, pueden caer sanciones económicas como puede ilustrar esta sentencia.
Samuel Parra dedica un excelente post en esta dirección.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Te puede interesar también este otro artículo:

http://www.securityartwork.es/2008/09/04/adeona/

Javier Cao Avellaneda dijo...

Jeje, ya me interesó en su momento. Por las fechas, este es un post anterior por pocos días.
http://seguridad-de-la-informacion.blogspot.com/2008/09/localizar-un-porttil-robado.html

Ad Edictum dijo...

Tu post me parece muy interesante, pero no estoy de acuerdo con eso de que también deban cumplir los particulares la normativa sobre protección de datos.
La instrucción 1/2006 no se aplica a las actividades personales o domésticas. Éstas quedan fuera del ámbito de aplicación de la LOPD y también la instrucción las excluye expresamente. La sentencia que linkas me pareció bastante extraña cuando la leí y me parece injusta. Entiendo que sería recurrible. Recientememnte, la Audiencia Nacional ha dado la razón a un grupo de militares que fue sancionado por la AEPD por utilizar sus agendas personales para convocar a sus compañeros a las bodas de plata de la promoción, considerando esto una actividad domésticas.
Me parece un poco excesivo que un particular que tenga cámaras de seguridad en su casa (por ejemplo en un chalet) tenga que registrar las grabaciones como ficheros, colocar el cartelito y atender ejercicio de derechos.

Javier Cao Avellaneda dijo...

En teoría tienes razon y las actividades domésticas quedan fuera del ámbito de aplicación de la LOPD pero la realidad de las sentencias apunta a otra cosa. Una de estas sanciones curiosas las comenta Samuel en http://www.samuelparra.com/2008/08/22/espiar-vecina-terrazapuede-salirte-caro/

 
;